El fallo que conmovió al fútbol Argentino. El arquero paraguayo fue condenado a tres meses de prisión en suspenso y a una inhabilitación de 13 meses para jugar al fútbol por los incidentes en un partido Gimnasia-Vélez de 1994. Acá están las preguntas que nos hacemos todos. ¿Chilavert deberá cumplir la pena de tres años de prisión? La Ley 24.192 nada dice sobre la modalidad de cumplimiento de la pena. Por lo tanto, cualquier sanción que se aplicare hasta tres años de prisión podría ser de cumplimiento condicional. Eso es lo normal para los casos de primera condena y poca gravedad. Sin embargo, y aun teniendo en cuenta que las escalas se agravan un tercio, si el hecho constituyere lesiones leves (artículo 89 del Código Penal), el máximo así compuesto no podría superar el año y cuatro meses de prisión. ¿Puede una Ley prohibirle que trabaje a un condenado? Las leyes penales son, por naturaleza, represivas y, por lo tanto, como retribución a la falta cometida imponen la pérdida de algún derecho. Este derecho va desde la libertad (prisión) hasta el ejercicio de una actividad (inhabilitación). No se trata, entonces, de la prohibición de trabajar en el sentido de conculcarse el derecho a ganarse el sustento de cualquier forma, sino prohibir el ejercicio de cierta actividad cuando razonablemente se considera que ella fue determinante en la comisión del hecho. ¿En qué se diferencia esta pena de inhabilitación de la que puede sufrir un médico o un conductor? En estos últimos casos, la inhabilitación se aplica como pena accesoria al dolo, a la imprudencia o la negligencia en su arte o profesión. Se relacionan con la inconveniencia de permitir durante cierto tiempo que el autor desempeñe la actividad que ocasionó el resultado dañoso. En la Ley 24.192, la inhabilitación sigue el mismo principio, pero es mucho más amplia ya que basta que el hecho se cometa “en ocasión” de un espectáculo deportivo. ¿Puede una Ley estar por encima del artículo 14 de la Constitución Nacional? No se trata de que se esté desconociendo un derecho constitucional, sino que al existir una sanción penal, es propio de su naturaleza la privación de los derechos que enuncia el artículo 14. ¿Cuántas instancias le quedan a Chilavert? Debe sustanciarse la apelación y, si la Cámara de Apelaciones confirma el fallo, todavía puede recurrirse por vía de inaplicabilidad ante la Suprema Corte Bonaerense y, finalmente, por recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Estos procesos son generalmente largos y pueden durar en conjunto cerca de dos años. (*)Las respuestas fueron hechas por el doctor José María Figuerero, abogado del Estudio Fontán Balestra. ******************************************************************************* CHILAVERT, PARE LA MANO por NATALIO GORIN Chilavert es un bocón. Algunas de las cosas que ha dicho últimamente sobre Maradona y Navarro Montoya rayan el mal gusto. También ciertas expresiones sobre el periodismo son de un desconocimiento muy grande. Otras ya son directamente ofensivas. Como ocurrió la semana pasada cuando, luego de un entrenamiento en Vélez, cuando le hizo notar a un colega que él, Chilavert, ganaba 100.000 dólares por mes contra los 400 pesos nativos que apenas podía reunir el periodista. En suma, estamos frente a un bocón con ciertas dudas sobre el real valor de su intelecto. Pero como nada justifica la censura, allá Chilavert con sus dichos. Si es feliz así, dejemos que el hombre viva su mundo. Cada uno es dueño de su destino. Lo que no se puede aceptar del señor José Luis Félix Chilavert es la interpretación que acaba de hacer del fallo que lo condenó a tres meses de prisión en suspenso y trece meses de inhabilitación para jugar al fútbol: “Me condenaron porque soy paraguayo”, dijo como toda respuesta. No. Paremos la mano. En primer lugar por el debido acatamiento y respeto a la Justicia argentina que debemos todos los hombres que habitamos este país. El señor Chilavert tiene todas las garantías institucionales. Podrá llegar hasta las máximas instancias para intentar revertir el fallo. En segundo lugar, hiere como argentinos escuchar tanta xenofobia contenida en una frase. La Argentina moderna se formó con el aporte de muchos pueblos que vinieron a engrandecería, al tiempo que buscaban su propio futuro. Queridos hermanos paraguayos incluidos. Chilavert debería recordar que el primer gran ídolo de Independiente, antes de Ricardo Bochini, fue un compatriota suyo, el enorme y genial Arsenio Erico. A tal punto amado y recordado, que una tribuna del estadio de Avellaneda lleva su nombre. Ojalá un día ocurra lo mismo en Liniers. Porque el arquero Chilavert ha hecho muchos méritos para ganarse ese lugar. Claro, a grandezas deportivas iguales, sólo los separa una pequeña diferencia. Erico no era un bocón. El juez me enorgullece por GUILLERMO MARCONI (*) Todavía me acuerdo de aquella tarde de 1994. El clima belicoso, la tensión que había en el ambiente, lo caldeado que estaban los ánimos. A mí me había tocado dirigir ese Gimnasia-Vélez. Hoy, luego de casi 30 meses de investigación, el juez actuante en la causa -promovida por la denuncia de un particular- condenó a José Luis Chilavert a 3 meses de prisión en suspenso y a 13 meses de inhabilitación para jugar al fútbol. Ya la sanción del Tribunal de Disciplina de la AFA había enmarcado una situación grave de acuerdo con el tenor de la cantidad de partidos de suspensión aplicados, tendencia que en lo que hace a la Justicia ordinaria se ratificó al pedir del fiscal de la causa, el doctor Osvaldo Sequeiros, una pena de dos meses de prisión y dos años de inhabilitación para el arquero paraguayo. Cabe destacar que dicho pedido del ministerio público fue realizada hace meses, por lo que debe descartarse la entidad de supuestas revanchas de la "patria judicial contra el verdugo de los argentinos en el partido ante Paraguay. Otro detalle: el juez Domenech es el único que aplicó sanción de prisión a otro particular con anterioridad, en el marco de la Ley de Prevención y Represión de la Violencia en Espectáculos Deportivos, en oportunidad de un partido de fútbol jugado en Brandsen, provincia de Buenos Aires, aunque el condenado en esa oportunidad fue un espectador. Yo me pregunto qué actitud tomará la FIFA si Chilavert recurre a ella reclamando la no injerencia de la Justicia ordinaria en temas derivados de un espectáculo deportivo-futbolístico organizado por una Asociación Nacional como la AFA. Pero también, como ciudadano, me siento orgullosamente representado por el juez Domenech, quien no se dejó influir por el apellido ni la popularidad del acusado y falló de acuerdo con la ley y sus principios. Y eso es, de por sí, loable. Como siempre debería ser. (*) Abogado, árbitro de fútbol y periodista. ©EL GRÁFICO
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Diciembre 2017
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